Desde la ODS venimos luchando desde hace años por la despenalización de la venta ambulante de mercadería que pueda infringir derechos de propiedad intelectual o industrial, mediante la derogación total de los artículos 270 apartado 4) y 274 apartado 3) del Código Penal ya que entendemos que resulta evidente que la venta ambulante, especialmente las derivadas de estas realidades de estricta supervivencia y escasa entidad y cuantía, no representa un ataque a los bienes jurídicos protegidos por la propiedad intelectual e industrial.
Esta injusta sanción que prevé nuestra ley penal, tipifica como delito lo que para muchísimos inmigrantes recién llegado es la única forma de ganarse la vida, y les genera unos antecedentes penales que les imposibilita luego regularizar su situación en nuestro país mediante los procedimientos legalmente establecidos, lo que a su vez les impide trabajar legalmente en nuestro país. Un círculo vicioso en el que encerramos a miles de personas con cínica injusticia.
Mientras no se deroguen estas injustas sanciones, no dejaremos de intentar ayudar a los compañeros que hoy no tienen otra forma de ganarse la vida que con la manta (pues todos ellos manifiestan su deseo de poder tener un mejor trabajo), aconsejándoles qué es lo que deben hacer en caso de ser detenidos por la policía. Aquí dejamos algunas recomendaciones:
